NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, le va a ser de gran utilidad, asi que aqui le dejo el Link para que lo descargue: http://dl.dropbox.com/u/33111887/PROFACI_2011.pdf lo lea, lo analice y tome la mejor decision de pagar su adeudo ya sea en 48 parcialidades o de manera inmediata, segun sus posibilidades economicas.
Por otro lado quiero comentar que los apoyos para regularizar los adeudos que tenga en materia de vivienda son a partir de 2004 y años anteriores, asi como para adeudos del año 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010 de cuaquier bimestre.
Por ultimo como opinion personal:
Los créditos fiscales no son eternos, pueden llegar a prescribir por la inactividad del fisco en contra del particular, para lo cual debemos tomar las providencias debidas y analizar esta figura y los plazos correctamente.Tradicionalmente se ha definido a la prescripción como la adquisición de un derecho o la extinción de una obligación por el simple transcurso del tiempo y mediante el cumplimiento de los requisitos que la ley marca.
Artículo 146.- El crédito fiscal se extingue por prescripción en el término de cinco años.
Pero ojo mucho ojo.- El término para que se consuma la prescripción se interrumpe con cada gestión de cobro que el acreedor notifique o haga saber al deudor....
Así que como ya es costumbre de nuestras autoridades fiscales al termino de cada casi 5 años te envian una cartita para interrumpir la prescripcion.
No hay comentarios:
Publicar un comentario