miércoles, 4 de julio de 2012

Fin a las declaraciones estadisticas de Personas Morales

Desde el dia 02 de Julio de 2012, las aplicaciones de avisos en ceros y de corrección de datos para Personas Morales dejan de operar para evitar duplicidades.








Así que todo se hará por el nuevo esquema de Declaraciones y Pagos (DyP).

martes, 3 de julio de 2012

Personas físicas están obligados a utilizar Pago Referenciado

Contribuyentes que se incorporan en 2012

Están obligados a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos (Pago Referenciado) los siguientes contribuyentes:
  • En febrero del 2012 se incorporaron las personas morales para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a enero del 2012 y subsecuentes.
Ahora el Sat ha publicado que,

  • A partir de septiembre del 2012 se incorporan las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a 1’000,000 de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.
  • A partir de septiembre todas las personas físicas, que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes. Se entenderá que se ejerce la opción señalada, a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada, no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.

  • Para utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos

    Debe instalar o actualizar:
    Este nuevo servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones:
    • Provisionales 
    • Definitivas
    Y en caso de resultar pago de impuestos, se efectuará en bancos, utilizando el servicio de pago referenciado, es decir, a través de una línea de captura.

    Este nuevo servicio sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos que se presenta directamente en los bancos.

    Con el Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado) los contribuyentes primero envían la declaración al SAT a través de internet en la sección Mi portal / Pago referenciado, en la que de resultar impuesto a pagar se genera la línea de captura y posteriormente el contribuyente debe pagar en la institución bancaria, sin exceder el plazo establecido en dicha línea.