viernes, 30 de diciembre de 2011

Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada el 28 de diciembre de 2011

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (30 de diciembre) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada el 28 de diciembre de 2011, que contiene lo siguiente:

Medios electrónicos



I. Del Comprobante Fiscal Digital:
A. Características técnicas del archivo que contenga el informe mensual de comprobantes fiscales digitales emitidos.
B. Estándar de comprobante fiscal digital.
C. Generación de sellos digitales para comprobantes fiscales digitales.

II. Del Comprobante fiscal digital a través de Internet:
A. Estándar de comprobante fiscal digital a través de Internet.
B. Generación de sellos digitales para comprobantes fiscales digitales a través de Internet.
C. Estándar y uso del complemento obligatorio: Timbre Fiscal Digital del SAT.
D. Estándar del servicio de cancelación.
E. Especificación técnica del código de barras bidimensional.

III. De los distintos medios de comprobación digital:
A. Estándares y especificaciones técnicas que deberán cumplir las aplicaciones informáticas para la generación de claves de criptografía asimétrica a utilizar para Firma Electrónica Avanzada.
B.Uso de la facilidad de nodos opcionales < Complemento >< ComplementoConcepto
C.Uso de la facilidad de ensobretado < Addenda >

Click aqui para ver Resolucion Anexo 20: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5227584&fecha=30/12/2011

Anexo 1, anexo 1-A y anexo 19 de la Resolucion miscelanea fiscal 2012

El dia de ayer 29 de diciembre de 2011 se publican los anexos 1, 1-A y anexo 19 de la Resolucion miscelanea fiscal 2012, el contenido del anexo 1 es:

A. Formas oficiales aprobadas
1.      Código
2.      Ley del ISR
3.      Ley del IEPS
4.      Ley Federal del ISAN
5.      Ley del IVA
6.      Ley del ISTUV
7.      Ley del IDE

B.      Formas oficiales aprobadas que pueden ser enviadas a través del servicio postal.

C.      Formatos, cuestionarios, instructivos y catálogos aprobados.
1.      Cédula de Identificación Fiscal.
2.      Constancia de Registro en el RFC.
3.      Logotipo Fiscal (máquinas registradoras de comprobación fiscal).
4.      Catálogo de claves de instituciones de crédito para efecto de que sean señaladas en las   solicitudes               de devolución, y en su caso, en las declaraciones respectivas por parte de las personas físicas.
5.      Información que adicionalmente se debe acompañar a la forma 45 y sus anexos.
6.      Instructivo para la presentación de información en medios magnéticos.
7.      Catálogo de claves de derechos.
8.      Catálogo de claves de productos.
9.      Catálogo de claves de aprovechamientos.

D.      Estampilla para el pago del impuesto sobre la renta por depósitos e inversiones que se reciban en México.

E.      Listados de información que deberán contener las formas oficiales que publiquen las entidades federativas.
1.         Declaraciones de pago.
El contenido del anexo 1-A es el referente requisitos de  tramites fiscales:

Contenido
I.      Definiciones
II.     Trámites

El anexo 19 trata de las cantidades actualizadas para el 2012 de la ley Federal de derechos.

Puedes descargar los anexos en los siguientes links:

Anexo 1 y 1-A: Anexos1_1A_RMF2012_29122011.doc 

Anexo 19: Anexo19_29122011.doc 

Perspectivas económicas para México en 2012

     A pesar de la incertidumbre y volatilidad en el contexto internacional, la economía mexicana sigue creciendo en forma balanceada, lo cual ofrece tranquilidad sobre la fortaleza de los fundamentales económicos. Esto, según las autoridades,  es así gracias a la consolidación de la estabilidad
macroeconómica en nuestro país, la cual está sustentada principalmente en la aplicación de políticas económicas responsables.
     De acuerdo con el informe Panorama Económico de la OCDE, la economía mexicana crecerá 3.3% el próximo año, dato que aunque menor al que se espera para 2011 de 4% y al 5.4% que se registró en 2010, se ubica como el cuarto más elevado entre las naciones que conforman la OCDE, sólo por debajo de las expectativas de Australia y Chile, con 4%, y de Corea del Sur, con 3.8%. Lo anterior gracias a sus fundamentos sólidos y sus políticas macroeconómicas adecuadas. Cabe señalar que el avance de la economía mexicana en 2012 resulta poco más del doble de lo que se espera que en promedio crezca la OCDE en su conjunto, 1.6%.
     A continuación, ponemos a su consideración un resumen de las principales variables macroeconómicas para México en el 2012, segun los especialistas y diversas corredurías.



Fuente: SHCP

Prórroga para la presentación de información Anti-Lavado SOFOMES

     El día 12 de diciembre del presente, la SHCP envió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria el proyecto de Resolución por la que se reforman, adicionan y derogan las Disposiciones de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-bis de este último ordenamiento (Resolución).
     El objetivo principal de la Resolución consiste en adecuar las Disposiciones a lo dispuesto en la última reforma efectuada a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC), así como en modificar aspectos operativos relacionados con el envío de los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes e incorporar disposiciones respecto de contratos y operaciones que serán considerados de bajo riesgo que permitan fomentar la inclusión financiera en el país.

Entre las que destacan las modificaciones relativas a los Reportes de Operaciones:
A. Relevantes
B. Inusuales e internas preocupantes
C. Plazos y fechas límite

     La información contenida en este comunicado tiene como único propósito informar respecto del contenido de la Resolución por la que se reforman, adicionan y derogan las Disposiciones de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-bis de este último ordenamiento, por lo que no se considerará definitivo hasta en tanto se publique la Resolución en el Diario Oficial de la Federación.

     Les recordamos que el lunes 02 de Enero de 2012 es la fecha límite para la presentación de los manuales de políticas internas, así como informar sobre la integración del Comité de Comunicación y Control, y en su caso, la designación del Oficial de Cumplimiento, en la Oficialía de Partes de la CNBV y deberán ir dirigidos a la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos, a la siguiente dirección: Insurgentes Sur número 1971, Conjunto Plaza Inn, nivel fuente, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020 en México, Distrito Federal, mediante escrito libre, anexando el manual preferentemente, en medio electrónico (disco compacto).

Preguntas Frecuentes en Materia de Lavado de DINERO realizadas a la CNBV SOFOMES

El 03 de Agosto de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un mandato mediante el cual las SOFOMES ENR, los Centros Cambiarios y los Transmisores de Dinero serán reasignados a la CNBV para su supervición en materia anti-lavado de dinero. Esto se traduce en mayor presión sobre dichas insitrituciones para dar cumplimiento a sus obligaciones en la materia. En otras palabaras, las No Reguladas ya nada más es de “nombre”.



Estas son las preguntas más frecuentes que ha identificado la Comisión Nacional Bancaria y de Valores:

A) Sofomes ENR

1. ¿Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple No Reguladas (Sofomes ENR), que ya se encuentran registradas ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) deben presentar nuevamente la solicitud de registro?
Respuesta.-No es necesario que las Sofomes ENR presenten nuevamente dicha solicitud. Sin embargo, se sugiere acudir a la CONDUSEF a actualizar sus datos de registro, toda vez que a partir de ellos la CNBV mantendrá contacto inicial con dichas entidades.
2. ¿Ante quién debo presentar mi solicitud de registro si me constituí como Sofom ENR en fecha posterior al 3 de agosto de 2011?
Respuesta.-Deberá presentarla ante Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), dentro de los diez días hábiles posteriores a la inscripción del acta constitutiva correspondiente en el Registro Público de Comercio.
3. ¿Ante quién debo presentar mi Manual de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo?
Respuesta.- Deberán presentarlo en la Oficialía de partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos, en la siguiente dirección: Insurgentes Sur número 1971, Conjunto Plaza Inn, nivel fuente, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020 en México, Distrito Federal, el manual debe presentarse, preferentemente, en disco compacto.
4. Vivo en el interior de la República ¿tengo que ir a la Ciudad de México a entregar mi Manual de prevención de lavado de dinero?
Respuesta.- Podrá enviarlo por correo o mensajería a la oficialía de partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores,  mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos ubicada en Insurgentes Sur número 1971, conjunto Plaza Inn, nivel fuente, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020 en México, Distrito Federal.
Se sugiere que la remisión se realice por correo certificado o mensajería a fin de que cuente con el acuse de recibo respectivo.
5. ¿Cuál es la fecha límite para presentar mi Manual de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo?
Respuesta.- A más tardar el 17 de diciembre de 2011.
6. ¿Ante quién debo presentar la integración del Comité de Comunicación y Control?
Respuesta.- Deberán presentarlo en la Oficialía de partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos, en la siguiente dirección: Insurgentes Sur número 1971, Conjunto Plaza Inn, nivel fuente, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020 en México, Distrito Federal.
7. ¿Cuándo debo comunicar la integración del Comité de Comunicación y Control?
Respuesta.- A más tardar el 17 de diciembre de 2011.
8. ¿Ante quién debo presentar la designación del Oficial de Cumplimiento?
Respuesta.- Deberán presentarlo en la Oficialía de partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos, en la siguiente dirección: Insurgentes Sur número 1971, Conjunto Plaza Inn, nivel fuente, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020 en México, Distrito Federal.
9. ¿Cuándo debo informar sobre la designación del Oficial de Cumplimiento?
Respuesta.- A más tardar el 17 de diciembre de 2011.
10. ¿A través de qué medio se harán los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes?
Respuesta.- El envío de los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes se hará a través del portal del Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (“SITI”) de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Actualmente, la Comisión está trabajando en el desarrollo del sistema automatizado que se requiere para tales efectos.
11. ¿Cómo obtengo la clave para poder enviar los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores?
Actualmente estamos trabajando en el mecanismo para la entrega de las claves para el envío de reportes a través del SITI, de tal manera que en el transcurso de las próximas semanas se dará a conocer información adicional en el portal de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para la obtención de las citadas claves

La información contenida en este apartado tiene como único propósito proporcionar orientación respecto del contenido del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de agosto de 2011, por lo que no prejuzga sobre la realización de cualquier acto que implique la emisión de criterio o autorización de alguna autoridad, en términos de las disposiciones aplicables.

FUENTE: www.cnbv.gob.mx

jueves, 29 de diciembre de 2011

Operaciones de Comercio Exterior más seguras con el nuevo esquema de Empresas Certificadas

El Gobierno Federal informa que como parte de su compromiso para generar instrumentos que faciliten el cruce de mercancías por las fronteras y propicien el bienestar económico, ha puesto en marcha el Nuevo Esquema de Empresas Certificadas (NEEC).
El NEEC es un programa apegado a los lineamientos de la Organización Mundial de Aduanas, establecidos a través del Marco de estándares para asegurar y facilitar el comercio global. En un evento realizado hoy, el Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Meade Kuribreña y el Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, presentaron este Nuevo Esquema de Empresas Certificadas que busca fortalecer la seguridad en la cadena logística del comercio exterior a través de fijar, en coordinación con el sector privado, estándares en materia de seguridad internacionalmente reconocidos. Las empresas que deseen pertenecer al NEEC deben cumplir requisitos fiscales, aduaneros y de seguridad, para obtener importantes beneficios, tales como:
  • Carriles exclusivos
  • Agilización en el despacho aduanero
  • Simplificación y facilidades administrativas
  • Servicios extraordinarios
  • Inspección con instrumentos de alta seguridad
Se espera que en el próximo año, alrededor de 2000 empresas hayan obtenido su certificación. Para dar certeza jurídica a las empresas y demás actores del comercio exterior que decidan adherirse al Nuevo Esquema de Empresas Certificadas este programa, hoy se publican en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior que le dan sustento. Gracias al NEEC se facilitará y agilizará el cruce de mercancías, se protegerán en mayor medida los embarques y se mejorarán los tiempos en la exportación e importación, elevando así el nivel de competitividad de las empresas participantes.

 

lunes, 26 de diciembre de 2011

CFD Versión 2.2

Si tú generas CFD (XML V2.0) sólo podrás emitirlos hasta el 31 de diciembre de 2011

Es importante que conozcas que a partir del 1ro de Enero de 2012 existen nuevos cambios en los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) por lo que te invitamos a que conozcas si tu forma de facturación actual cumplirá con los nuevos requisitos del SAT.
En resumen, información que antes era considerada como opcional se volverá obligatoria y otros campos considerados como requeridos pasan a ser opcionales, cuando a esto se incorporan nuevos campos, a continuación te listamos los cambios existentes.





















Asi que si su actual esquema de facturacion no cumple con los requisitos antes mencionados, acerquese a su proveedor de sistemas de facturacion para que le actualice su sistema.

lunes, 19 de diciembre de 2011

Nuevos Salarios mínimos 2012

Salarios mínimos 2012

Vigentes a partir del 1 de enero de 2012, establecidos por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación del 19 de diciembre de 2011.

Área geográficaPesos
“A”$ 62.33
“B”$ 60.57
“C”$ 59.08


PRIMERO.- Las áreas geográficas en que para fines salariales se ha dividido a la República Mexicana, son las que se señalan a continuación con un número progresivo, denominación y definición de su integración municipal.
I.-      Area geográfica "A" integrada por: todos los municipios de los Estados de Baja California y Baja California Sur; los municipios de Guadalupe, Juárez y Praxedis G. Guerrero, del Estado de Chihuahua; el Distrito Federal; el municipio de Acapulco de Juárez, del Estado de Guerrero; los municipios de Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Naucalpan de Juárez, Tlalnepantla de Baz y Tultitlán, del Estado de México; los municipios de Agua Prieta, Cananea, Naco, Nogales, General Plutarco Elías Calles, Puerto Peñasco, San Luis Río Colorado y Santa Cruz, del Estado de Sonora; los municipios de Camargo, Guerrero, Gustavo Díaz Ordaz, Matamoros, Mier, Miguel Alemán, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo, San Fernando y Valle Hermoso, del Estado de Tamaulipas, y los municipios de Agua Dulce, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Las Choapas, Ixhuatlán del Sureste, Minatitlán, Moloacán y Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.-     Area geográfica "B" integrada por: los municipios de Guadalajara, El Salto, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan, del Estado de Jalisco; los municipios de Apodaca, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza y Santa Catarina, del Estado de Nuevo León; los municipios de Altar, Atil, Bácum, Benito Juárez, Benjamín Hill, Caborca, Cajeme, Carbó, La Colorada, Cucurpe, Empalme, Etchojoa, Guaymas, Hermosillo, Huatabampo, Imuris, Magdalena, Navojoa, Opodepe, Oquitoa, Pitiquito, San Ignacio Río Muerto, San Miguel de Horcasitas, Santa Ana, Sáric, Suaqui Grande, Trincheras y Tubutama, del Estado de Sonora; los municipios de Aldama, Altamira, Antiguo Morelos, Ciudad Madero, Gómez Farías, González, El Mante, Nuevo Morelos, Ocampo, Tampico y Xicoténcatl del Estado de Tamaulipas; y los municipios de Coatzintla, Poza Rica de Hidalgo y Tuxpan, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
III.-    Area geográfica "C" integrada por: todos los municipios de los Estados de Aguascalientes, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro de Arteaga, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; todos los municipios del Estado de Chihuahua excepto Guadalupe, Juárez y Praxedis G. Guerrero; todos los municipios del Estado de Guerrero excepto Acapulco de Juárez; todos los municipios del Estado de Jalisco excepto Guadalajara, El Salto, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan; todos los municipios del Estado de México excepto Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Naucalpan de Juárez, Tlalnepantla de Baz y Tultitlán; todos los municipios del Estado de Nuevo León excepto Apodaca, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza y Santa Catarina; los municipios de Aconchi, Alamos, Arivechi, Arizpe, Bacadéhuachi, Bacanora, Bacerac, Bacoachi, Banámichi, Baviácora, Bavispe, Cumpas, Divisaderos, Fronteras, Granados, Huachinera, Huásabas, Huépac, Mazatán, Moctezuma, Nácori Chico, Nacozari de García, Onavas, Quiriego, Rayón, Rosario, Sahuaripa, San Felipe de Jesús, San Javier, San Pedro de la Cueva, Soyopa, Tepache, Ures, Villa Hidalgo, Villa Pesqueira y Yécora, del Estado de Sonora; los municipios de Abasolo, Burgos, Bustamante, Casas, Cruillas, Güémez, Hidalgo, Jaumave, Jiménez, Llera, Mainero, Méndez, Miquihuana, Padilla, Palmillas, San Carlos, San Nicolás, Soto la Marina, Tula, Victoria y Villagrán, del Estado de Tamaulipas; y todos los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, excepto Agua Dulce, Coatzacoalcos, Coatzintla, Cosoleacaque, Las Choapas, Ixhuatlán del Sureste, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Poza Rica de Hidalgo y Tuxpan.

Si gustan descargar la resolución aqui se las dejo: Resolución salarios mínimos 2012