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martes, 3 de julio de 2012

Personas físicas están obligados a utilizar Pago Referenciado

Contribuyentes que se incorporan en 2012

Están obligados a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos (Pago Referenciado) los siguientes contribuyentes:
  • En febrero del 2012 se incorporaron las personas morales para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a enero del 2012 y subsecuentes.
Ahora el Sat ha publicado que,

  • A partir de septiembre del 2012 se incorporan las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a 1’000,000 de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.
  • A partir de septiembre todas las personas físicas, que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes. Se entenderá que se ejerce la opción señalada, a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada, no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.

  • Para utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos

    Debe instalar o actualizar:
    Este nuevo servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones:
    • Provisionales 
    • Definitivas
    Y en caso de resultar pago de impuestos, se efectuará en bancos, utilizando el servicio de pago referenciado, es decir, a través de una línea de captura.

    Este nuevo servicio sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos que se presenta directamente en los bancos.

    Con el Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado) los contribuyentes primero envían la declaración al SAT a través de internet en la sección Mi portal / Pago referenciado, en la que de resultar impuesto a pagar se genera la línea de captura y posteriormente el contribuyente debe pagar en la institución bancaria, sin exceder el plazo establecido en dicha línea.

    lunes, 2 de enero de 2012

    Pago referenciado, Contribuyentes que se incorporan en 2012

    Servicio de Declaraciones y Pagos

    A partir de febrero se incorporan TODAS las personas morales al Servicio de declaraciones y pagos (pago referenciado) para efectuar sus pagos provisionales y definitivos de impuestos federales correspondientes a enero de 2012 y subsecuentes.

    Contribuyentes que se incorporaron en 2011 y 2009.

    Para utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos debe instalar o actualizar:


    Este nuevo servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones:

    • Provisionales
    • Definitivas
    Y en caso de resultar pago de impuestos, se efectuará en bancos, utilizando el servicio de pago referenciado, es decir, a través de una línea de captura.

    Este nuevo servicio sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos que se presenta directamente en los bancos.

    Con el Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado) los contribuyentes primero envían la declaración al SAT a través de internet en la sección “Mi portal”, en la que de resultar impuesto a pagar se genera la línea de captura y posteriormente el contribuyente debe pagar en la institución bancaria, sin exceder el plazo establecido en dicha línea.


    Qué ventajas tiene:


    Nota. El horario que se registra en el Acuse de Recibo de las declaraciones presentadas a través del portal del SAT corresponde al horario del centro o de la Ciudad de México.

    Para cualquier duda, ponemos a su disposición nuestros canales de atención.

    Antes de utilizar los canales de atención consulte las Principales preguntas y respuestas que se encuentran en lineas anteriores para resolver sus dudas.