Mostrando entradas con la etiqueta INFONAVIT. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta INFONAVIT. Mostrar todas las entradas

jueves, 4 de octubre de 2012

Nueva actualización versión SUA 3.3.6 para pago del 5° bimestre de 2012

Estimado Patrón: Las recientes reformas a la Ley del INFONAVIT incluyen nuevas opciones de crédito que comenzarán a aplicar a partir del 5° bimestre del 2012.

Por lo anterior, deberá utilizar la Versión SUA 3.3.6, disponible en:
    (Actualizado el 13/09/2012 a las 12:07 hrs.)

1. Antes de instalar la versión 3.3.6, favor de atender las acciones descritas en las Instrucciones de instalación detalladas en el siguiente archivo:

2. La versión SUA 3.3.6 considera lo siguiente:
  • Ampliación del campo valor de descuento de la Cuota Fija Monetaria Mensual de créditos INFONAVIT, para aceptar cinco enteros y dos decimales, tanto en la captura como en la Importación / Exportación.
  • Validación al realizar el cálculo oportuno o extemporáneo de la correcta captura del Salario Mínimo vigente a partir del 01 de enero de 2012.
  • Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 - agosto-2012, lo cual permitirá que:
    • Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (septiembre-2012 en adelante). 
Centros de Atención:
Para cualquier aclaración o duda referente al INFONAVIT ingrese al Portal Infonavit, Sección Empresarios, Servicios en línea, en Atención y Comunicación Empresarial http://www.infonavit.org.mx/ Sitio externo o de click aquí Sitio externo
Si necesita mayor información, acuda a la Subdelegación del IMSS que le corresponda o contáctenos a través de alguna de las siguientes vías:
Para el interior de la República lada sin costo: 01 800 623 23 23.
Por Internet ingrese a: http://www.imss.gob.mx/
Correo electrónico: atn.contribuyente@imss.gob.mx Correo electrónico

(Actualizado el 13/09/2012 a las 12:07 hrs.)

martes, 2 de agosto de 2011

Programa de Apoyo para la Regularización de Adeudos al Infonavit 2011

Estimados empresarios, ya estamos más cerca del fin del ejercicio fiscal de 2011 que del fin del mundo en el 2012, pero por si no se llega el fin del mundo y tiene adeudos de aportaciones al infonavit, este acuerdo tomado por el H. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DEL FONDO
NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, le va a ser de gran utilidad, asi que aqui le dejo el Link para que lo descargue: http://dl.dropbox.com/u/33111887/PROFACI_2011.pdf lo lea, lo analice y tome la mejor decision de pagar su adeudo ya sea en 48 parcialidades o de manera inmediata, segun sus posibilidades economicas.

Por otro lado quiero comentar que los apoyos para regularizar los adeudos que tenga en materia de vivienda son a partir de 2004 y años anteriores, asi como para adeudos del año 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010 de cuaquier bimestre.  

Por ultimo como opinion personal:
Los créditos fiscales no son eternos, pueden llegar a prescribir por la inactividad del fisco en contra del particular, para lo cual debemos tomar las providencias debidas y analizar esta figura y los plazos correctamente.Tradicionalmente se ha definido a la prescripción como la adquisición de un derecho o la extinción de una obligación por el simple transcurso del tiempo y mediante el cumplimiento de los requisitos que la ley marca.

Artículo 146.- El crédito fiscal se extingue por prescripción en el término de cinco años.
Pero ojo mucho ojo.- El término para que se consuma la prescripción se interrumpe con cada gestión de cobro que el acreedor notifique o haga saber al deudor....

Así que como ya es costumbre de nuestras autoridades fiscales al termino de cada casi 5 años te envian una cartita para interrumpir la prescripcion.