lunes, 17 de diciembre de 2012

SUA versión 3.3.8.

Con fecha 3 de diciembre de 2012 el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) presentó en su página de Internet la versión 3.3.7. del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), once días después, da a conocer la versión 3.3.8. Ambas versiones derivan de los nuevos salarios mínimos  recientemente modificados.
Sistema Único de Autodeterminación (SUA)

Estimado Patrón:

El H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, publicó el 26 de noviembre de 2012 la resolución donde consideró que los salarios mínimos generales y profesionales del área geográfica B sean equivalentes a los del área geográfica A.

Así mismo, resolvió que los municipios que forman parte del área geográfica B,  pasaran a formar parte del área geográfica A, y por ello, consideró renombrar a la actual área geográfica C como área geográfica B, sin ninguna modificación en su integración municipal ni en los montos de salarios mínimos general y profesional actuales para esa área geográfica C.

Además, definió los Salarios Mínimos Generales para las áreas geográficas A y B vigentes a partir del 27 de noviembre de 2012.

Lo anterior ha sido considerado en la Versión SUA 3.3.8. Clic aquí», por lo que deberá utilizarla para generar los archivos de pago de las cuotas obrero patronales. Dicho archivo se debe entregar en las entidades receptoras autorizadas al momento de efectuar su pago.

Si necesita mayor información sobre el sistema, acuda a la Subdelegación del IMSS que le corresponda o contáctenos a través de alguna de las siguientes vías: Para el interior de la República lada sin costo: 01 800 623 23 23. Por Internet ingrese a: http://www.imss.gob.mx

Correo electrónico: atn.contribuyente@imss.gob.mx Correo electrónico

Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social
Última modificación :
2012/12/14, 12:00 hrs., Fuente: Dirección de Incorporación y Recaudación

sábado, 8 de diciembre de 2012

SOLO QUEDAN 5 SEMANAS PARA MIGRAR A FACTURA ELECTRONICA

Comunicado de prensa 120/2012

México, D.F. a 22 de noviembre de 2012

SOLO QUEDAN 5 SEMANAS PARA MIGRAR A FACTURA ELECTRÓNICA
La Fiel es indispensable para facturar electrónicamente

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que, el 31 de diciembre termina la vigencia de los comprobantes fiscales impresos con el extinto esquema de impresores autorizados, por lo que solo quedan 5 semanas para migrar a Factura Electrónica.

La Factura Electrónica está transformando la forma de hacer negocios en México. Quienes la utilizan han visto sus beneficios en materia de seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos, impulso de procesos tecnológicos y cambio de prácticas, por lo que han incrementado su uso.

A octubre de 2012, alrededor de 690 mil contribuyentes han optado por el esquema de facturación electrónica y se han emitido más de 5,000 millones de facturas electrónicas.

Para facturar electrónicamente es indispensable contar con Firma Electrónica Avanzada (Fiel) —por lo cual los contribuyentes deben acudir lo antes posible a las oficinas del SAT a obtenerla o renovarla por internet— y acercarse con cualquiera de los 54 Proveedores Autorizados de Certificación.

Opcionalmente, para los contribuyentes de regímenes como arrendamiento, actividad empresarial y profesional —honorarios—, entre otros, con bajos volúmenes de emisión, está disponible en el portal del SAT el nuevo servicio de generación de Factura Electrónica, para generar gratuitamente y en línea facturas electrónicas.

También como opción, los contribuyentes con ingresos menores de 4 millones de pesos pueden expedir comprobantes fiscales impresos con código de barras, en este caso también es indispensable contar con Fiel.
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martes, 4 de diciembre de 2012

¡ Liberan Nueva Versión SUA 3.3.7 !

Estimado Patrón:

El H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, publicó el 26 de noviembre de 2012 la resolución donde consideró que los salarios mínimos generales y profesionales del área geográfica B sean equivalentes a los del área geográfica A.

Así mismo, resolvió que los municipios que forman parte del área geográfica B,  pasaran a formar parte del área geográfica A, y por ello, consideró renombrar a la actual área geográfica C como área geográfica B, sin ninguna modificación en su integración municipal ni en los montos de salarios mínimos general y profesional actuales para esa área geográfica C.

Además, definió los Salarios Mínimos Generales para las áreas geográficas A y B vigentes a partir del 27 de noviembre de 2012.

Lo anterior ha sido considerado en la Versión SUA 3.3.7 (3.85Mb) Archivo ejecutable, por lo que deberá utilizarla para generar los archivos de pago de las cuotas obrero patronales. Dicho archivo se debe entregar en las entidades receptoras autorizadas al momento de efectuar su pago.

1. Antes de instalar la versión 3.3.7, favor de atender las acciones descritas en las Instrucciones de instalación detalladas en el siguiente archivo:


2. La versión SUA 3.3.7 considera lo siguiente:
  • Dado que la resolución publicada en el DOF del 26 de noviembre de 2012 indica:
    • Que los municipios que formaban parte del área geográfica B, pasan a formar parte del área geográfica A.
    • Renombrar a la actual área geográfica C como área geográfica B, sin ninguna modificación en su integración municipal ni en los montos de salarios mínimos general y profesional actuales para esa área geográfica C. 
Cuando el patrón vaya a actualizar sus Salarios Mínimos, la pantalla del SUA 3.3.7 mostrará leyendas relacionando las Áreas Geográficas nuevas (A,B) y las anteriores (A,B,C).
Se seguirá trabajando con 3 columnas de Salarios Mínimos, tal y como se hace en versiones anteriores, pero a partir del 27 de noviembre de 2012 el monto del Salario Mínimo de las primeras 2 columnas será equivalente (ya que el área geográfica B se integró con el área A); y la última columna (nueva área B) tendrá el Salario del área anterior C, (ya que el Salario Mínimo del área C no se modifica, y dicha área se renombra como área B).

  • Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 - octubre-2012, lo cual permitirá que:
    • Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (noviembre-2012 en adelante).
3. Descarga de la versión SUA 3.3.7 (3.85Mb) Archivo ejecutable
(Actualizado el 30/11/2012 a las 10:27 hrs.)

Si necesita mayor información sobre el sistema, acuda a la Subdelegación del IMSS que le corresponda o contáctenos a través de alguna de las siguientes vías: Para el interior de la República lada sin costo: 01 800 623 23 23. Por Internet ingrese a: http://www.imss.gob.mx

Correo electrónico: atn.contribuyente@imss.gob.mx Correo electrónico

Fuente: www.imss.gob.mx