viernes, 17 de agosto de 2012

Programa Inscripciones Masivas Exprés de empleados al R.F.C.

¿Obligados a dar de alta a los trabajadores en el RFC?

Artículo 117 LISR. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:
  1. Proporcionar a las personas que les hagan los pagos a que se refiere este Capítulo, los datos necesarios, para que dichas personas los inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes o bien cuando ya hubieran sido inscritos con anterioridad, proporcionarle su clave de registro al empleador.
  2. (......)
Ademas tambien......

RESOLUCION Miscelánea Fiscal para 2012.

Inscripción al RFC de trabajadores

I.2.4.6.  Para los efectos de los artículos 27, quinto párrafo del CFF, 20, fracción II y 23 de su Reglamento, las solicitudes de inscripción de trabajadores se deberán presentar por el empleador mediante dispositivo magnético de conformidad con las características técnicas y con la información señalada en la ficha 49/CFF denominada “Inscripción al RFC de trabajadores” contenida en el Anexo 1-A. Esta información deberá presentarse ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal.

Asimismo, los empleadores que no hayan inscrito ante el RFC a las personas a quienes les hubieran efectuado, durante el ejercicio de 2011, pagos de los señalados en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR, tendrán por cumplida esta obligación cuando la Declaración Informativa Múltiple que se encuentren obligados a presentar en los términos de la Sección II.2.8.4., contenga la información de la clave del RFC a diez posiciones y la CURP de las citadas personas.

CFF 27, RCFF 20, 23, RMF 2012 II.2.8.4.

Debido a lo mencionado anteriormente, el sat puso a disposición nuestra el Programa Inscripciones Masivas Exprés

Este programa consiste en la inscripción de los trabajadores de manera masiva, ya que en un sólo trámite se realiza la solicitud y la inscripción de cinco trabajadores o más con el mínimo de requisitos, a diferencia de la inscripción uno a uno de sus trabajadores.

Para utilizar este servicio sólo tiene que realizar las siguientes pasos:
  1. Generar el archivo de sus trabajadores con medios propios o a través del (Descarga WINDOWS 25,176 kB) aplicativo RU-Electrónico.

  2. Solicitar el trámite de inscripción y adjuntar el archivo generado en el punto anterior.

  3. Consultar el estatus y el resultado del trámite realizado.
    El plazo máximo para el resultado de su trámite es de 15 días hábiles posteriores a dicha solicitud.  
Si requiere conocer a detalle la realización del trámite consulte la (Desgarga PDF 2,069 kB) Guía de inscripción asalariados (Detalle) y el (Desgarga PDF 1,704 kB) Instructivo del Aplicativo RU-Electrónico.


Fuente:
www.sat.gob.mx
elconta.com