Artículo 117 LISR. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:
- Proporcionar a las personas que les hagan los pagos a que se refiere este Capítulo, los datos necesarios, para que dichas personas los inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes o bien cuando ya hubieran sido inscritos con anterioridad, proporcionarle su clave de registro al empleador.
- (......)
RESOLUCION Miscelánea Fiscal para 2012.
Inscripción al RFC de trabajadores
I.2.4.6. Para los efectos de los artículos 27, quinto párrafo del CFF, 20, fracción II y 23 de su Reglamento, las solicitudes de inscripción de trabajadores se deberán presentar por el empleador mediante dispositivo magnético de conformidad con las características técnicas y con la información señalada en la ficha 49/CFF denominada “Inscripción al RFC de trabajadores” contenida en el Anexo 1-A. Esta información deberá presentarse ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal.
Asimismo, los empleadores que no hayan inscrito ante el RFC a las personas a quienes les hubieran efectuado, durante el ejercicio de 2011, pagos de los señalados en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR, tendrán por cumplida esta obligación cuando la Declaración Informativa Múltiple que se encuentren obligados a presentar en los términos de la Sección II.2.8.4., contenga la información de la clave del RFC a diez posiciones y la CURP de las citadas personas.
CFF 27, RCFF 20, 23, RMF 2012 II.2.8.4.
Debido a lo mencionado anteriormente, el sat puso a disposición nuestra el Programa Inscripciones Masivas Exprés
Este programa consiste en la inscripción de los trabajadores de manera masiva, ya que en un sólo trámite se realiza la solicitud y la inscripción de cinco trabajadores o más con el mínimo de requisitos, a diferencia de la inscripción uno a uno de sus trabajadores.
Para utilizar este servicio sólo tiene que realizar las siguientes pasos:
Para utilizar este servicio sólo tiene que realizar las siguientes pasos:
- Generar el archivo de sus trabajadores con medios propios o a través del ( 25,176 kB) aplicativo RU-Electrónico.
- Solicitar el trámite de inscripción y adjuntar el archivo generado en el punto anterior.
- Consultar el estatus y el resultado del trámite realizado.
El plazo máximo para el resultado de su trámite es de 15 días hábiles posteriores a dicha solicitud.
Fuente:
www.sat.gob.mx
elconta.com