miércoles, 28 de noviembre de 2012

Unificación de zonas salariales en México

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) resolvió homologar los salarios mínimos en las zonas A y B, hecho que supone un aumento extraordinario en la segunda zona de 2.9 por ciento al salario mínimo.

Quedando:
62.33 Zona A
59.08 Zona B

La zona C pasa a ser Zona B y la Zona B se unificó a la Zona A.

Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que revisa los salarios mínimos generales y profesionales vigentes desde el 1o. de enero de 2012 y establece los que habrán de regir a partir del 27 de noviembre de 2012.

(Publicado en el DOF del 26 de noviembre de 2012)
Descargue aqui la Resolución: https://dl.dropbox.com/u/33111887/salmin13_26112012.doc

miércoles, 14 de noviembre de 2012

Por fallas en IDSE, IMSS autoriza avisos en papel sin limite de números de avisos

Estimados amigos como bien sabemos las ultimas semanas del Sistema IMSS Desde de Su Empresa ha sufrido la peor caída que hemos tenido memoria por eso mismo La Comisión Representativa del IMCP ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) debido a la interrupción del servicio, logró que en el IMSS se acepten movimientos afiliatorios en la Subdelegación de control de su registro patronal, mediante dispositivo magnético con guía 400 o avisos en papel, AFIL-02 Aviso de Inscripción del Trabajador, AFIL-03 Aviso de modificación de salario del Trabajador o AFIL-04 Aviso de Baja del trabajador, sin restricción de número de avisos.

martes, 13 de noviembre de 2012

SAT - ADUANAS Programa Paisano Invierno 2012

Según informa el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la franquicia para ingresar bienes a México sin pagar impuestos se ha modificado con las siguientes novedades.
Debido al período de vacaciones, los turistas mexicanos que provengan del extranjero podrán ingresar más mercancía sin pagar impuestos, hasta por 300 dólares entre el 1 de noviembre de 2012 y hasta el 6 de enero de 2013.
Por lo tanto, se amplía la franquicia de 75 a 300 dólares para los pasajeros que arriben al país por vía terrestre, marítima o aérea.
Sin embargo, será necesario que se acredite el valor de las mercancías mediante factura, comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese su valor comercial.
Las franquicias de los integrantes de una misma familia pueden acumularse si arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.
Si se rebasa la franquicia pero no por más de 3,000 dólares, se debe llenar el formulario “Pago de Contribuciones al Comercio Exterior”, calculando 16% del valor de las mercancías, el cual será el impuesto a pagar.
Por otra parte, los pasajeros pueden ingresar la siguiente mercancía como parte de su equipaje personal:
  • Bienes de uso personal, acordes a la duración del viaje
  • Dos cámaras fotográficas o de videograbación, incluidos 12 rollos o videocasetes, y material fotográfico
  • Dos teléfonos celulares
  • Una agenda electrónica
  • Un equipo de cómputo con sus accesorios
  • Dos equipos deportivos personales
  • Una caminadora fija
  • Una bicicleta fija
  • Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto
  • Un reproductor portátil de DVD, y sus accesorios
  • Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos o audiocasetes
  • Tres paquetes de software
  • Cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico
  • Libros, revistas y documentos impresos
  • Cinco juguetes y una consola de videojuegos con cinco videojuegos
  • Velices, petacas, baúles y maletas en las que se traslade el equipaje
  • 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco
  • Hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino
  • Un binocular
  • Un telescopio
  • Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros
  • Un juego de herramienta de mano
Los periodos de incremento en la franquicia son los siguientes:
  • Programa Paisano Semana Santa: 12 de marzo al 16 de abril de 2012
  • Programa Paisano Verano: 2 de julio al 31 de agosto de 2012
  • Programa Paisano Invierno: 1 de noviembre de 2012 al 6 de enero de 2013

Fuente: laeconomia.com.mx

sábado, 10 de noviembre de 2012

PAGOS DE AGUINALDOS 2012

Para finalizar el año y empezar nuestras fiestas navideñas, siempre estamos en espera de nuestro aguinaldo, es decir, una gratificación obligatoria que las empresas dan a sus trabajadores año con año de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
¿Qué establece la Ley Federal del Trabajo en cuanto al aguinaldo?
En base al artículo 87 el aguinaldo mínimo deberá ser equivalente a 15 días de sueldo base y este deberá proporcionar antes del 20 de diciembre de cada año.
A su vez, la ley indica que los trabajadores que por cualquier circunstancia no efectúen sus labores durante el año, tienen derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo en función del tiempo trabajado. Cabe destacar que la ley no especifica si el tiempo trabajado debe registrarse por días, semanas o meses completos.
Por lo general, para determinar el aguinaldo se toma en cuenta el último sueldo base que percibe el trabajador. Otra forma de hacerlo es considerando los salarios devengados durante el año, lo cual le puede representar un ahorro a la empresa, sin embargo se expone a dañar el clima de trabajo, especialmente si ya se tiene la costumbre de tomar en cuenta el último salario percibido.
El artículo 84 subraya que el aguinaldo “es objeto de integración al salario para el cálculo de las indemnizaciones a que tenga derecho el trabajador en los términos del artículo 89”.
Es muy importante resaltar en este punto que el aguinaldo debe ser objeto de integración al salario base, de manera que se pueda calcular la cotización al Instituto Del Fondo Nacional De La Vivienda Para Los Trabajadores (INFONAVIT).
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
En base a lo estipulado en el artículo 110, el aguinaldo se determina como un ingreso gravable y de acuerdo al artículo 31 fracción I, es deducible para la empresa puesto que es un gasto obligatorio (establecido por la Ley Federal del Trabajo).
Hay que considerar que la fracción XI del artículo 109 implanta que la gratificación está exenta del pago de impuestos hasta que sea el equivalente de 30 días de salario mínimo dependiendo del área geográfica del contribuyente.
En otras palabras, si alguno de los empleados que se encuentra en el “mismo nivel de empleados” recibe un aguinaldo superior al resto del personal, no se puede hacer la deducción.
Una vez explicado esto, el cálculo del aguinaldo se hace de la siguiente manera:
  • Divida el ingreso entre 365 y multiplique el resultado por 30.4
  • Adicionar el ingreso ordinario del trabajador en el mes que se trata y aplicar el procedimiento del artículo 113 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • Dicho impuesto se reducirá con el impuesto que correspondería al ingreso ordinario.
  • El impuesto a retener será el que resulte de aplicar sin ninguna deducción la tasa obtenida de:
Dividir el impuesto calculado en el inciso c entre el ingreso derivado y obtenido en el inciso a (se obtiene un porcentaje que se aplica al aguinaldo).
  • Lo anterior es aplicable también para determinar el pago de prima vacacional, primas dominicales y participación de utilidades.
Fuente: laeconomia.com.mx